Este viernes, 23 de febrero, tuvieron lugar los alegatos de clausura en el marco del juicio contra Gerardo Bazán (de 32 años) acusado por el delito de instigación al suicidio en perjuicio de su pareja, Ana Picone. En su alegato de cierre, el fiscal de la Unidad Especializada de Homicidios I del Ministerio Público Fiscal, Ignacio López Bustos, pidió la pena de cuatro años de cumplimiento efectivo, solicitud que fuera respaldada por la querella.
“Entendemos probado en el juicio que Bazán fue quien instigó a Ana Carolina Picone a quitarse la vida. Cumplió la promesa que le hizo en los mensajes que le envió y que Ana tuvo que resguardar mediante capturas de pantalla por miedo, en los mismos le prometió que la iba a dañar psicológicamente, que le había entregado la vida al diablo para que la haga p…., que es lo único que quería y que se le iba a cumplir….. Bazán le había dicho: ‘Quiero verte engusanada. Morir como te mereces. Agonizando… Pero aquí te quiero ganar yo y como sea… Lo vas a pasar mal c…… Juro que así te vas a arrastrar. Sé que en cualquier momento vas a caer. Siempre toda mi vida te voy a maldecir c…… para que te salga mal hasta la mínima cosa hdp. Juro por lo que más quiero, que te veré derrotada pudriéndote porque eso es lo único que ruego y pido. Verte engusanada c……por la bola de a… que sos ‘”, afirmó el Fiscal sobre los chats extraídos a partir del análisis UFED por parte de peritos del Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF). El Fiscal estuvo acompañado por el equipo de investigación integrado por Ricardo Ybañez y Juan Manuel Vilardi.
Seguidamente, se refirió a las conclusiones finales de la autopsia psicológica: “No presentaba rasgos compatibles con las características prototípicas de suicidio, sin embargo, esto no excluye la posibilidad de un pasaje al acto autolesivo a partir de la objetalización y manipulación permanente que tuvo por parte de quien fuera pareja, lo cual habría influido decididamente en su salud psíquica, hallándose en los últimos años de su vida, inmersa en un contexto de violencia de género culminando fatídicamente el día de su muerte”.
A continuación, el auxiliar de fiscal Ybañez se refirió a la violencia de tipo psicológica y simbólica ejercida: “Se destaca un excesivo control ejercido por Bazán mediante mensajes telefónicos, exigiendo a Ana que se reportara acerca de los lugares y personas con quienes se encontraba. A su vez la seguía, la espiaba, le recriminaba el cumplimiento de horarios, controlaba su actividad en el teléfono, le reprochaba su pasado, realizaba comentarios negativos acerca de su ropa, la comida que preparaba, e incluso su cuerpo. Le irritaba que utilizara cierta ropa, se depilara o se planchara el cabello. Todo ello lo expresaba a través de diversos insultos y humillaciones tanto en público cómo en privado”.
Luego, el investigador citó una frase de la médica psiquiatra Hirigoyen al señalar que: “Los celos patológicos no están basados en ningún elemento de la realidad, cómo una infidelidad, sino que provienen de una tensión interna que trata de aplacar de esa manera. Lo que el cónyuge no soporta es la alteridad de la mujer. El vuelco hacia los celos se produce a partir de un sentimiento de desvalorización”. Finalmente, el juez Alejandro Valeros resolverá el próximo lunes, 26 de febrero.
Declaraciones en rueda de prensa
En cuarto intermedio, López Bustos comentó: “Entendemos que es un caso histórico porque si bien esta calificación figura en el Código Penal es la primera vez que se llega a un juicio oral y público. Junto con la querella hemos pedido la pena máxima de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo (que es el límite que prevé el digesto procesal) por el delito de instigación. Lo que se realizó fue contextualizar lo que se hizo en la investigación, el trabajo de los psicólogos y los peritos expertos (ECIF) quienes han podido contextualizar esa situación que llevó a la mujer quitarse la vida el día 17 de junio de 2022. Se ha comprobado en el debate esa violencia de género a través de la autopsia psicológica y otros informes. Es decir, sufrió violencia física, psicológica, simbólica y económica”.
La teoría del caso
Según la teoría del caso, el imputado mantuvo durante más de tres años una relación de pareja con la víctima, vínculo que estuvo signado por la desigualdad de poder, donde él ejercía violencia física y psíquica en contra de ella, afectando gravemente la libertad, dignidad, integridad física, psicológica, económica y seguridad tanto en ámbitos familiares, sociales, como laborales, reiterando constantemente estas humillaciones y limitando seriamente su ámbito de autodeterminación.
Con este accionar sistemático, el acusado instigó y persuadió intencionalmente a la víctima para que el 17 de junio del 2022, a las 21:00 horas aproximadamente, cuando estaba en su casa ubicada en el barrio Acceso Este de El Colmenar, donde convivía con el efectivo policial, se disparara en la cabeza con intenciones de quitarse la vida utilizando el arma reglamentaria asignada al acusado. La mujer fue trasladada por personal del 107 al Hospital Padilla, donde ingresó sin vida.