A partir de febrero de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) continuará con la supervisión de transferencias, saldos y consumos realizados a través de cuentas bancarias y billeteras virtuales. La medida tiene como objetivo fortalecer la transparencia y el control sobre el flujo de dinero en el sistema financiero y digital.
¿Qué operaciones deberán reportarse a ARCA?
Las entidades financieras y plataformas de pago estarán obligadas a informar sobre ciertas transacciones que superen los siguientes montos:
Acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales: cuando el total acumulado en un mes alcance o supere los $1.000.000.
Consumos con tarjeta de débito: si el gasto mensual del titular y sus adicionales es de $600.000 o más.
Transferencias bancarias o virtuales: cuando los ingresos o egresos en billeteras virtuales superen los $600.000 en un mes.
Movimientos en billeteras virtuales: el límite de $2.000.000 sigue vigente para reportar transferencias bancarias o virtuales.
Estos valores mínimos fueron ajustados en enero de 2025 y seguirán aplicándose en febrero. Desde ARCA aclararon que la medida no implica restricciones para los usuarios, sino que es un mecanismo de control de información para detectar posibles irregularidades.
¿Qué sucede si se superan los montos establecidos?
Si ARCA identifica movimientos financieros inusuales, podrá solicitar documentación que justifique el origen de los fondos. Entre los comprobantes aceptados se encuentran:
Boletas de compra y venta de bienes o servicios.
Documentación sobre la venta de acciones o empresas.
Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
Facturación de los últimos meses para trabajadores independientes.
Constancia de inscripción al monotributo.
Certificados de fondos firmados por un contador público matriculado.
Con estas disposiciones, el organismo busca evitar maniobras irregulares y garantizar una mayor supervisión de las transacciones de alto valor en el país.