Los jubilados y pensionados que no superan el mínimo comenzarán a cobrar esta semana sus haberes con un incremento del 17,04% correspondiente a la primera actualización del año por Ley de Movilidad Jubilatoria más el monto del Bono de Refuerzo que paga el gobierno para que ninguna jubilación quede por debajo de los $73.665 ¿Cuándo y cuánto cobro en marzo?
ANSES Jubilados y Pensionados: Cuándo cobro en marzo
El primer grupo de jubilados y pensionados que abre el cronograma de pagos de la ANSES de marzo es el de quienes cobran haberes que no superan el mínimo. Es así que desde el miércoles 8 y hasta el 21 de marzo estarán cobrando por orden de último número de documento de identidad del titular en las siguientes fechas:
DNI terminados en 0: 08 de marzo
DNI terminados en 1: 09 de marzo
DNI terminados en 2: 10 de marzo
DNI terminados en 3: 13 de marzo
DNI terminados en 4: 14 de marzo
DNI terminados en 5: 15 de marzo
DNI terminados en 6: 16 de marzo
DNI terminados en 7: 17 de marzo
DNI terminados en 8: 20 de marzo
DNI terminados en 9: 21 de marzo
ANSES Jubilados y Pensionados: Cuánto cobro en marzo
La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) oficializó el aumento de 17,04% del índice de movilidad a partir de marzo, que regirá hasta el mes de mayo. De esta forma, la jubilación mínima pasará de $50.124 a $58.665,12.
Por otro lado, quienes cobren hasta dos haberes mínimos, seguirán recibiendo el Bono de Refuerzo que paga el gobierno con el objetivo de que ninguna jubilación quede por debajo de los $73.665. De esta forma, durante los meses de marzo, abril y mayo este monto extra será de $15.000 para jubilados y pensionados que no superan el haber mínimo.
De esta forma, desde marzo la mínima de jubilaciones y pensiones quedará en los siguientes montos:
$58.665 Jubilación Mínima
$73.665 Jubilación Mínima más Bono de Refuerzo
ANSES Jubilados y Pensionados: Cómo hago la Fe de Vida para cobrar en marzo
Cabe recordar que una condición indispensable para que los jubilados y pensionados puedan cobrar su jubilación cada mes, es acreditar la Fe de Vida o Supervivencia, de esta forma la entidad bancaria certifica su validez para realizar el pago. Para facilitar el trámite, que antes requería la presencia del jubilado en la entidad bancaria todos los meses, ya hay varios Bancos que comenzaron a acreditar la supervivencia cruzando los datos de forma automática con los del Registro Nacional de las Personas (Renaper), mientras que otros ofrecen diferentes opciones para que sus clientes puedan realizar el trámite en forma digital o a través de una compra sin necesidad de acercarse a la entidad.
Fuente A24
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