El gobierno de La Rioja le pidió hoy a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que dicte una medida cautelar en la que disponga la “suspensión total de los efectos” del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70 que dictó el gobierno de Javier Milei en diciembre pasado, a pocos días de asumir, y por el cual dispone la desregulación de varios aspectos de la economía argentina.
Fuentes judiciales informaron a Infobae que los abogados de la provincia, Raúl Ferreyra y Eugenio Zaffaroni, hicieron una presentación en la que sostuvieron que los jueces de la Corte Suprema ya están en condiciones de resolver la medida cautelar que La Rioja solicitó cuando, en diciembre, presentó una acción declarativa de inconstitucionalidad para que se dicte la inconstitucionalidad del DNU.
“Se han cumplido todas las mandas indicadas por el Tribunal, tanto en el expediente principal como en el incidente. Así, de acuerdo a las constancias obrantes en este juicio, la Procuración General de la Nación ha dictaminado a favor de la competencia originaria del Más Alto Tribunal. Asimismo, la Procuración del Tesoro se encuentra notificada de la providencia ordenada el 29/12/23″, explicaron los abogados para argumentar que la Corte Suprema ya puede resolver la medida cautelar.
En ese marco, La Rioja le pidió a la Corte que acepte la competencia y que “se haga lugar a la medida cautelar tal como se ha peticionado en el escrito cabecera del proceso y se decida la suspensión total de los efectos del decreto por razones de necesidad y urgencia 70/2023 y que ordene al Poder Ejecutivo de la Nación a no aplicar inmediatamente ninguna de sus disposiciones hasta la resolución definitiva de la presente causa”. También que luego el gobierno nacional opine sobre el fondo de la demanda y que la Corte Suprema declare la inconstitucionalidad del DNU.
El gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, fue quien presentó la primera demanda contra el decreto ante el máximo tribunal. Lo hizo en diciembre pasado y la Corte respondió que su tratamiento quedaría para después de la feria judicial de enero.
“El DNU censurado constituye un acto de suma gravedad institucional porque materialmente se trata de la asunción y configuración de funciones legislativas masivas por parte del Poder Ejecutivo que la Constitución en modo alguno admite, porque de admitirse se acabaría con el sistema de pesos y contrapesos y, en definitiva, con las bases mismas del respecto a las competencias de los poderes, que hace al esencia misma de la Escritura fundamental de la República y significa una condición para la coexistencia pacífica y democrática. No es conjetura la gravedad institucional. Con singularidad se presencia una de los acontecimientos de mayor gravedad institucional, dado que se propicia una ruptura de las formas y condiciones instituidas para un racional gobierno republicano”, sostuvo la provincia en su presentación judicial contra el DNU.
Y agregó que “es una tentativa de demolición del orden jurídico de la Argentina, que no posee antecedentes en toda la historia constitucional argentina, sin observar a las dictaduras militares y gobiernos de facto. Sin dudas, el DNU al lesionar la forma republicana de gobierno y la orientación democrática del Estado argentino, afecta reglas de nuestra Constitución, que deben mantenerse inalterables. Porque, cualquier intento o tentativa de reforma de esa “forma republicana” de gobierno y de esa ´orientación democrática´ para la toda la política del Estado federal solamente podrá ser calificada como un intento de demolición de la Escritura fundamental”.
La de La Rioja no es la única causa contra el DNU que está en la Corte Suprema. El máximo tribunal también tiene los expedientes de la CGT y la CTA contra la reforma laboral que hace el decreto. Ese aspecto es el único que hoy está suspendido. Por dos medidas cautelares la Justicia del Trabajo dictó la suspensión del capítulo IV del DNU y un fallo de la Cámara del Trabajo -en el caso de la CGT- dictó su inconstitucionalidad. Ambas causas fueron apeladas por el gobierno nacional y se encuentran en la Corte Suprema.
Fuente: Infobae.