El gobierno nacional recortó la entrega de medicamentos gratuitos a jubilados y pensionados. Ese beneficio quedó limitado para quienes ganen menos de 388.500 pesos y deberán realizar un trámite de inscripción para solicitar el “subsidio social”.
“Adicionalmente a todas las coberturas que tenemos seguiremos garantizando el acceso total a medicamentos mediante el subsidio social para todos aquellos que realmente lo necesiten”, señaló el Pami en un comunicado de prensa.
Los descuentos de los medicamentos al 50%, 60 y 80% siguen sin modificaciones. Los medicamentos de venta libre no tienen ningún tipo de descuentos.
“Todo aquel afiliado que no pueda pagarlo, puede iniciar el trámite para obtener el subsidio social. Quien no está inscripto debe hacerlo. Es un trámite simple que se puede iniciar en la web y luego presentarse en la agencia”, dijo el titular del PamiI, Esteban Leguízamo, según citó la agencia NA.
La medida se anuncia sobre el cierre de un año en donde los jubilados sufrieron un fuerte ajuste. Como informó Rosario3, los medicamentos más recetados por Pami subieron 14,5% en octubre y el incremento acumulado en lo que va del año asciende a 651% en la ciudad.
Los datos surgen del relevamiento que realiza el Centro de Educación, Servicios y Asesoramiento al Consumidor (Cesyac) y confirman el impacto del rubro salud en la canasta de los adultos mayores.
Quiénes y cómo pueden hacer el trámite
Si bien el parte de prensa no lo aclara, los jubilados que deseen mantener este beneficio deberán realizar la inscripción en la página del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, conocido como Pami. El trámite puede demandar hasta un mes.
El comunicado oficial tampoco precisa desde cuándo rige la medida, aunque diferentes denuncias de jubilados aseguran que comenzó este lunes 1 de diciembre.
Las condiciones para acceder al subsidio social son las siguientes:
– Tener ingresos menores a 1,5 haberes previsionales o hasta 3 haberes en caso de que el afiliado conviva con una persona que tenga Certificado Único de Discapacidad (CUD).
– No estar afiliado a una prepaga.
– No tener más de un inmueble, un vehículo de menos de 10 años ni ser dueño de bienes de lujo.
– No ser titular de activos societarios que indiquen capacidad económica plena.
– De no cumplir con los primeros dos puntos, si el costo de los medicamentos indicados para el tratamiento es igual o mayor al 15% de sus ingresos, el afiliado puede solicitar la cobertura al 100% a través de una vía de excepción.